Cómo calcular una factura con IVA e IRPF
Una factura de autónomo tiene tres partes: la base imponible (el precio de tu trabajo), el IVA que sumas y la retención de IRPF que restas cuando el cliente es una empresa o un profesional.
Total = base + IVA − retención. Con una base de 1.000 €, IVA del 21 % y retención del 15 %: 1.000 + 210 − 150 = 1.060 €.
¿Qué retención tengo que aplicar?
- 15 %: tipo general para profesionales (diseñadores, programadores, consultores, abogados…).
- 7 %: durante el año de alta y los dos siguientes, si no fuiste profesional en el año anterior al alta. También para algunas actividades concretas.
- Sin retención: si facturas a particulares, o si tu actividad es empresarial (comercio, hostelería) en estimación directa.
Qué debe incluir una factura
Número y serie, fecha, tus datos y los del cliente (nombre, NIF y dirección), descripción del servicio, base imponible, tipo y cuota de IVA, retención si corresponde y total. Además, Hacienda está implantando Verifactu, que obligará a emitir las facturas con programas de facturación homologados: revisa los plazos vigentes para autónomos.
Un ejemplo desglosado y otro al revés
Diseñas un trabajo por 1.000 € de base, con IVA del 21 % y retención del 15 %, a una empresa. IVA: 210 €. Retención: 150 €. El cliente te paga 1.060 €. De esos 1.060 €, 210 € los ingresarás (menos el IVA deducible) en el modelo 303 y 150 € ya están en Hacienda a cuenta de tu IRPF, así que en la declaración de la renta no partes de cero: esa retención se resta de la cuota. Lo que es rendimiento de la actividad, antes de gastos, son los 1.000 €, no los 1.060 €. Si en el trimestre tienes 80 € de IVA de gastos deducibles, ingresas 130 €, no 210 €.
La operación inversa sirve cuando el cliente te dice «te pago 1.000 € en total y arréglatelas». Con IVA del 21 % y retención del 15 %, el neto sobre la base es 1 + 0,21 − 0,15 = 1,06. La base es 1.000 / 1,06 = 943,40 €. El IVA son 198,11 € y la retención 141,51 €. Comprueba la suma: 943,40 + 198,11 − 141,51 = 1.000 €. Si olvidas la retención y solo divides entre 1,21, la base te sale 826,45 € y estás regalando trabajo. La opción «lo que quiero cobrar» de la calculadora hace esta división.
Qué modelo toca después de facturar
El IVA de las facturas emitidas y el de las recibidas va al modelo 303, trimestral para casi todos los autónomos (mensual si estás en el REDEME o en un grupo). La retención que te practican no se declara en el 303: la arrastras al IRPF anual y, si estás en estimación directa y haces pagos fraccionados, al modelo 130, donde esas retenciones se restan del pago a cuenta. Quien está en módulos no presenta el 130 con la misma lógica. Esta página no calcula el 130: para la cuota mensual de la Seguridad Social está la calculadora de cuota de autónomos, y para el impuesto anual de un asalariado (no de una actividad) la calculadora de IRPF. El tipo de IVA concreto, si dudas entre el 21 % y el 10 %, se resuelve en la calculadora de IVA antes de cerrar la factura.
Numera sin huecos. Una factura rectificativa no se borra: se anula con otra de serie propia cuando el error es de importe o de destinatario. Guardar el PDF no sustituye el libro registro de facturas expedidas. Si facturas a un particular no pongas retención, aunque tu actividad sea profesional: la retención del 15 % o del 7 % nace cuando el cliente es empresario o profesional obligado a retener.