Cómo se estima la pensión de jubilación en 2026
La pensión contributiva no es un porcentaje fijo del último sueldo. La Seguridad Social calcula primero una base reguladora mensual y luego le aplica un porcentaje que depende de los años cotizados. Esta calculadora hace la segunda parte con la escala de 2026 y deja la base reguladora como dato que introduces tú, porque la primera parte exige el historial completo de bases, actualizado con el IPC salvo los dos últimos años, y la integración de lagunas. El simulador oficial de la Seguridad Social es el que tiene ese historial; aquí puedes probar escenarios cuando ya conoces la base o cuando quieres ver solo el efecto de los años cotizados.
Las dos formas de hallar la base reguladora en 2026
El Real Decreto-ley 2/2023 abre un periodo transitorio. Para una jubilación causada en 2026 se aplica la fórmula más favorable de estas dos. La primera es la de siempre: la suma de las 300 bases de cotización anteriores al mes del hecho causante, dividida entre 350. El divisor 350 (y no 300) convierte la media en una pensión de catorce pagas. La segunda, nueva este año, suma las 302 bases más altas dentro de los 304 meses anteriores y divide entre 352,33. Hasta 2040 se irá alargando ese periodo, con la posibilidad de descartar los peores meses. Las bases de todos los meses salvo los veinticuatro últimos se actualizan con la evolución del IPC. Si no tienes el informe de bases, no inventes la media con el sueldo de este mes: quien ha tenido lagunas o sueldos bajos al principio de la vida laboral se lleva una sorpresa.
El porcentaje según los meses cotizados
Para las pensiones causadas entre 2023 y 2026, la disposición transitoria novena de la Ley General de la Seguridad Social funciona así. Los primeros quince años, que son 180 meses, dan el 50 %, y sin esos quince años no hay pensión contributiva. Hay que tener, además, dos años cotizados dentro de los quince anteriores al hecho causante. A partir del mes 181 se suma un 0,21 % por cada uno de los 49 meses siguientes, y un 0,19 % por cada uno de los 209 meses que vienen después. El 100 % se alcanza a los 36 años y 6 meses. Desde 2027 la escala cambia y el 100 % exigirá 37 años. La calculadora cuenta meses enteros: 30 años justos no son lo mismo que 30 años y 11 meses.
| Años cotizados | Porcentaje en 2026 |
|---|---|
| 15 | 50,00 % |
| 20 | 62,38 % |
| 25 | 73,78 % |
| 30 | 85,18 % |
| 35 | 96,58 % |
| 36 años y 6 meses | 100 % |
Edad, tope y mínimo
En 2026 la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses, o de 65 años si acreditas al menos 38 años y 3 meses de cotización. Jubilarse antes aplica coeficientes reductores que dependen de los meses de anticipo y de lo larga que sea la carrera: no hay un porcentaje único honesto para poner por defecto, así que la casilla de reducción la rellenas tú con el coeficiente que te haya indicado la Seguridad Social o tu gestoría. Retrasar la jubilación da un complemento, que puede ser un porcentaje extra de por vida o un pago único. La casilla de demora aplica solo el porcentaje que escribas; no elige por ti entre las dos modalidades.
El Real Decreto 39/2026 fija el límite máximo de la pensión pública inicial en 3.359,60 € al mes, 47.034,40 € al año en catorce pagas. La calculadora lo aplica siempre. El mínimo de jubilación con 65 años o más, sin cónyuge, es de 936,20 € al mes (13.106,80 € al año). Con cónyuge a cargo sube a 1.256,60 €, y con cónyuge que no está a cargo baja a 888,70 €. El complemento hasta el mínimo solo se cobra si no superas el límite de ingresos (9.442 € al año sin cónyuge a cargo, 11.013 € con cónyuge a cargo, sin contar la propia pensión). Por eso la casilla viene desmarcada: marcarla no te concede el complemento, solo te enseña la cifra.
Tres casos
Base reguladora de 1.600 € y 15 años exactos: el 50 % son 800 € al mes, 11.200 € al año. Queda por debajo del mínimo sin cónyuge. Si cumplieras el requisito de rentas, el complemento te acercaría a 936,20 €; si tienes otros ingresos, te quedas en la teórica.
Base de 1.800 € y 30 años: el porcentaje es el 85,18 % y la pensión es 1.533,24 € al mes, 21.465,36 € al año. No toca ni el máximo ni el mínimo.
Base de 4.000 € y 40 años: el porcentaje ya es el 100 %, pero 4.000 € superan el tope, así que la pensión inicial se queda en 3.359,60 € al mes, 47.034,40 € al año.
La pensión tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, normalmente con un tipo de retención bajo por el mínimo del mayor de 65 años. Puedes anticipar ese efecto en la calculadora de IRPF. Si todavía estás lejos de jubilarte, el crecimiento de lo que ahorres por tu cuenta se ve en la calculadora de interés compuesto, y si eres autónomo recuerda que la base que elijas hoy en la cuota de autónomos es la que alimentará esta base reguladora dentro de unos años. Las lagunas del RETA no se integran como las del régimen general.