De la entrada a la salida, y luego la pausa
Dos días de 9:00 a 17:30 son 8 horas y media de reloj cada uno. Si la pausa de 30 minutos no es tiempo de trabajo, quedan 8 horas por día y 16 en los dos días. Con 15 horas pactadas para ese tramo, hay 1 hora por encima. Si el convenio dice que esa pausa se trabaja, no se resta: cada día son 8,5 horas y el exceso crece.
El artículo 34.9 del Estatuto, en la redacción del registro diario, obliga a la empresa a garantizar un registro de jornada que incluya el horario concreto de inicio y de finalización de cada persona. No pide una hoja con una sola cifra semanal. Pide el día. Esta calculadora suma esos días en el navegador y no guarda nada: no sustituye al registro de la empresa ni sirve para firmar si los huecos están vacíos.
La pausa no se inventa
El artículo 34.4 dice que, cuando la jornada diaria continuada pasa de seis horas, hay un descanso de al menos quince minutos, y que ese periodo es tiempo de trabajo efectivo cuando así lo establezcan el convenio o el contrato. Por defecto la página resta la pausa que escribas, porque mucha gente anota el café como interrupción. La casilla de arriba invierte el criterio solo si el papel lo dice. No marques las dos cosas a la vez en la vida real: o el convenio la paga como trabajo o no.
Un turno que cruza la medianoche (entrada 22:00 y salida 6:00) suma 8 horas, no un número negativo. Lo que no hace la página es decidir si esas horas son nocturnas a efectos de plus. El plus de noche está en el convenio y en el artículo 36, y aquí no se valora en euros. Para pasar de horas a dinero está la calculadora de salario por hora y, si son extras, la de horas extra.
Por encima de lo pactado no es, solo por eso, una hora extra legal
La diferencia contra las horas que tú escribes como pactadas es una comparación, no un reconocimiento de la empresa. Pueden ser horas complementarias, distribución irregular del 10 % que permite el artículo 34.2 en defecto de pacto, o un error de fichaje. El máximo ordinario diario, salvo que el convenio distribuya de otra forma, es de nueve horas, y entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente tienen que mediar doce. Esta suma no vigila esos dos límites: míralos tú en el registro, día a día.
La guía qué es el registro de jornada explica qué tiene que poder enseñar la empresa si llega la Inspección. Cuatro años de conservación es el plazo que el propio artículo 34.9 menciona.